La legalización por vía diplomática del título/s académico/s universitario/s es obligatoria para todas las titulaciones extranjeras de países que no son miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Éste es un trámite que debe realizarse en el propio país de origen y consiste en sellar el título universitario a partir de unos convenios internacionales. Sin la titulación universitaria legalizada no se podrá expedir ninguna titulación de posgrado o máster.
En caso de tener titulación universitaria extranjera y para poder cursar estudios de posgrado deben presentar:
La legalización se lleva a cabo dependiendo del convenio que el país haya firmado (consultar web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación o la web del Ministerio de Educación).
En caso de tener titulación universitaria extranjera miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, no se exige ningún tipo de legalización. Para poder cursar estudios de posgrado deben presentar los siguientes documentos:
Cuando los títulos están redactados en una lengua distinta al catalán, castellano, inglés, francés, italiano o portugués el título legalizado y el expediente académico deberán ir acompañados de la traducción jurada al catalán o castellano. La traducción oficial se puede tramitar por un traductor jurado autorizado e inscrito en España, por cualquier representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero o, finalmente, por la representación consular o diplomática en España del país de origen del solicitante.
Para más información de la documentación requerida: requisitos de acceso